Pico y placa en Bucaramanga: restricciones para hoy lunes 7 de septiembre de 2026

La Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB) recuerda a todos los conductores del área metropolitana —que incluye también a los municipios de Floridablanca, Piedecuesta y Girón— que la medida de pico y placa se encuentra activa y bajo estricto control de las autoridades viales durante este inicio de semana. El cumplimiento de esta norma es fundamental para mejorar la fluidez en los principales corredores del área metropolitana y reducir los niveles de contaminación del aire.

Restricciones para hoy lunes:

  • Vehículos particulares y motocicletas: Tienen restricción de movilidad los automotores cuyas placas finalicen en los dígitos 7 y 8.
  • Horario para particulares: La medida opera en jornada continua desde las 6:00 a. m. hasta las 8:00 p. m..
  • Taxis: Los vehículos de transporte público individual tipo taxi no podrán circular si sus placas terminan en 1 y 2. Para este gremio, el horario de restricción va de 7:00 a. m. a 9:00 p. m.

LEA TAMBIÉN: San Gil suspende la cabalgata tras la muerte de un caballo en 2025

Sanciones y multas

No acatar esta medida restrictiva se sanciona bajo la infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito. Los infractores se exponen a una multa económica equivalente a 52,28 Unidades de Valor Básico (UVB) (reportada en  $875.452 pesos colombianos o bajo la tarifa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes que equivale a $875.452 pesos). Además de la multa pecuniaria, las autoridades realizarán la inmovilización obligatoria del vehículo, lo que sumará costos adicionales por los servicios de grúa y parqueadero (patios).

Vehículos que quedan exentos de la restricción

Bajo los parámetros vigentes de la normativa, se encuentran autorizados para transitar libremente los siguientes vehículos:

  • Tecnologías limpias: Vehículos eléctricos, híbridos (con motor debidamente registrado en la licencia de tránsito) y propulsados por Gas Natural Vehicular (GNV) de fábrica o mediante conversión certificada (modelos 2019 en adelante con certificado vigente).
  • Servicios de emergencia y salud: Ambulancias, vehículos de atención médica prehospitalaria y emergencias veterinarias identificadas.
  • Movilidad reducida: Automotores conducidos por o que transporten habitualmente a personas con discapacidad inscritas en el RLCPD, que cuenten con certificación de IPS y porten la señalización visible requerida.
  • Servidores públicos y prensa: Vehículos oficiales de miembros del gabinete municipal de Bucaramanga y departamental de Santander, magistrados, jueces, fiscales, órganos de control, y automotores pertenecientes o contratados por medios de comunicación debidamente identificados.
  • Otros casos: Misiones diplomáticas o consulares, y vehículos con matrícula extranjera o de importación temporal que cumplan con los requisitos de la autoridad de tránsito local

Deja un comentario