Redacción: Dayana Ramírez Herrera – Periodista TRO Digital
El presidente Gustavo Petro sancionará hoy la Reforma Laboral y entraría en vigencia en los próximos seis meses. El proyecto fue impulsado a través del Ministerio del Trabajo y contiene 70 artículos que modifican las normativas en las organizaciones.
El pasado 17 de junio, la Plenaria del Senado aprobó la Reforma Laboral con 57 votos a favor y 31 en contra. ¿Qué cambios traerá el proyecto?
#ÚltimaHora | 🔴 Con 77 artículos fue aprobada la Reforma Laboral en el Senado de la República, fueron 56 votos a favor de este proyecto. Ahora el proyecto irá a conciliación y tendrán hasta el 20 de junio para su discusión final. #EnDesarrollo pic.twitter.com/Ykxkr6reTy
— Canal TRO (@CanalTRO) June 18, 2025
- Los estudiantes del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) tendrán contrato laboral con las empresas en las que realicen sus prácticas. Remuneración del 100% de un salario mínimo, así como cotización a salud, pensión, ARL, prima y vacaciones. Aquellas organizaciones que no cumplan tendrán una multa de 1.5 salarios mínimos por aprendiz no contratado.
- El recargo nocturno iniciará desde las 7:00 p.m. y regirá seis meses después de la expedición de la ley. (Antes comenzaba a las 9:00 p.m)
- Aumentó escalonado del recargo dominical y festivo, para el 2025 se estableció que fuera el 80% en el 2026 del 90% y en el 2027 será el 100%. (A la fecha se paga sobre el 75%)
- También, fue eliminado el parágrafo del artículo 12 que establece 4 días de trabajo y 3 de descanso en relación a la jornada máxima legal. De tal forma, que el empleador y el trabajor podrán acordar que las cuarenta y dos (42) horas semanales se realicen en jornadas flexibles de trabajo en máximo 6 días de la semana, con un descanso obligatorio que podría coincidir con el día domingo.
- Las madres sustitutas y comunitarias tendrán vinculación laboral 12 meses después de aprobado el proyecto. Cuando se formalice el empleo, se eliminarán los subsidios de los cuales son beneficiarias.
- Los contratos a término fijo no podrán renovarse más de cuatro veces seguidas, de lo contrario se convertirán en termino indefinido.
Conozca aquí el documento completo:P.L.367-2023C (REFORMA LABORAL)_1.pdf (camara.gov.co)