Redacción: John Fredy Pita Navarro – TRO Digital.
En Colombia, los empleadores deben consignar las cesantías de sus empleados antes del 14 de febrero de 2025. Este plazo es obligatorio, y cualquier retraso puede generar sanciones económicas.
Las cesantías corresponden a un mes de salario por cada año trabajado. Si el tiempo laborado es menor a un año, el pago será proporcional. Además, los empleadores deben abonar un 12% de interés anual sobre el monto de las cesantías.
Las cesantías se pueden retirar para la compra de vivienda, educación, mejoras en el hogar o en caso de desempleo. El proceso incluye presentar la documentación requerida, solicitar el retiro en el fondo de cesantías (como Colfondos, Porvenir o Protección) y esperar la aprobación.
Puede verificar en qué fondo están sus cesantías a través del Registro Único de Afiliados (RUAF) o consultando directamente en los portales de los fondos de cesantías. Es importante revisar que el pago se haya realizado correctamente.
Las cesantías son un apoyo económico en momentos de necesidad, como desempleo o la compra de vivienda. Por eso, es crucial que los empleadores cumplan con la normativa y que los trabajadores verifiquen su pago a tiempo.