Después de pagar tres días de arresto, dejan sin efectos la sanción en contra del alcalde de Ocaña

El mandatario Emiro Cañizares había acatado una sanción por un presunto desacato de una tutela que solicitaba el reintegro de dos funcionarios.

Redacción: TRO Digital

El Tribunal superior de Cúcuta dejó sin efectos la sanción que recibió el alcalde de Ocaña Emiro Cañizares, por presunto desacato a una tutela, que obligaba al mandatario, por orden de un juez de la República, a pagar una multa de tres salarios mínimos y tres días de arresto, los cuales cumplió en la estación de policía del municipio.

Luego de acatar la sanción, el órgano de la función jurisdiccional de Cúcuta emitió un fallo donde establece que las actuaciones de Cañizares estaban ajustadas a derecho y declarando que el Juzgado Segundo Penal Municipal violó el debido proceso del mandatario y de terceras personas.

La situación generó rechazo en los habitantes de la ciudad de los Caro, quienes indican que este arresto fue injusto.

La tutela en cuestión, explicaba el mandatario, la interpusieron dos personas que habían estado vinculadas en cargos provisionales con la administración de Ocaña, y que finalizaron su vinculación por la posesión de los profesionales que ganaron el concurso de méritos.

“En Ocaña se realizó el concurso para proveer la planta de cargos, de los cargos provisionales. Esa tarea se inició en el 2022 en un convenio con la Comisión Nacional del Servicio Civil. Las pruebas de conocimiento se practicaron en el 2023 y en marzo fueron notificados los resultados. Entre abril y mayo yo posesioné a quienes ganaron el concurso, tal y como lo prevé la ley y de acuerdo a los derechos adquiridos y finalizado mayo, dos personas iniciaron un proceso de tutela con el fin que se les reintegrara”, explicó Emiro Cañizares, alcalde de Ocaña.

Indicó además que “uno de los juzgados genera en julio una respuesta a esa tutela, donde se ordena que se vincule a estas personas, nosotros hacemos todos los trámites en el marco del cumplimiento de los fallos de tutela, ofertamos la posibilidad que se vincularán mediante contrato de prestación de servicios. Sin embargo, el fallo fue impugnado y se exige que se haga por contrato laboral”.

Indicó el mandatario de los ocañeros que “luego se inició un proceso de desacato de tutela, a pesar que nosotros hemos cumplido ofreciendo, a través de la modalidad de contrato de prestación de servicios públicos. En el desacato se termina cambiando la decisión, en el hecho que no se habla de vincule, sino reintegre. Se habla se reintegrar cuando uno ha declarado insubsistente una persona, nosotros no hemos declarado insubsistente a nadie porque es un concurso público y lo que hice fue que tenía que proveer los cargos que se ofertaron, para que efectivamente se cumpliera los resultados de la Comisión de Servicio Civil”.

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